
Permite a los empleadores y/o empleadoras que tengan contratados más de 25 trabajadores y/o
trabajadoras cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo la
constitución del comité paritario de higiene y seguridad.
Para acceder al “Registro de comité paritario de higiene y seguridad”, los empleadores y
empleadoras deben ingresar a “Oficina de Partes Virtual” mediante el menú “Trámites y servicios”.
Importante: el Empleador Persona Jurídica actúa a través de su(s) representante(s) laboral(es)
electrónico(s).











En la sección “Miembros del Comité (Trabajadores/as)” tendrá que indicar los trabajadores o
trabajadoras que serán titulares y suplentes

Posteriormente se debe ingresar los trabajadores o trabajadoras que tendrán cargo de
presidente/a, aforado/a y secretario/a.

Se desplegará un borrador del comprobante de registro de comité paritario de higiene y seguridad
con el detalle de la información incorporada en el formulario




Además, el usuario recibirá el siguiente correo electrónico a través del cual se confirma el registro
exitoso del comité paritario de higiene y seguridad.




El comprobante del registro de comité paritario de higiene y seguridad indica la fecha y hora de
emisión, número de expediente, representantes de la empresa, representantes de los trabajadores
y trabajadoras, nombre, cargo (presidente, secretario y trabajador aforado) y vigencia del comité.
